Ingresos y gastos en relación de dependencia
Ingresos gravados:
1) Sueldos2) Comisiones
3) Horas extras
4) Utilidades
Ingresos exentos:
1) Beneficios sociales- Décimo tercer sueldo
- Décimo cuarto sueldo
- Fondo de Reserva
2) Viáticos
3) Gastos de viajes
Gastos deducibles:
1) Aporte personal al IESS
2) Gastos personales, los cuales incluyen:
- Vivienda
- Vestimenta
- Educación
- Salud
- Alimentación
Nota: El total de gastos personales no podrán exceder el 50% del ingreso gravado bajo relación de dependencia, ni 1,3 veces la fracción básica desgravada del impuesto a la renta (FBDIR); se deberá escoger el menor entre estos valores.
Además, cada rubro de gasto personal no podrá exceder 0,325 veces la fracción básica desgravada, con excepción de los gastos por salud que tendrán como tope 1,3 veces la FBDIR.
Por ejemplo:
Para el año 2015 la FBDIR fue de $ 10.800,00
Así el gasto por alimentación será deducible hasta $ 3.510,00 ( $ 10.800,00 * 0,325 )
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